TESIS: S.S. 17/JURISDICCIONAL
- nei875
- 15 may 2023
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TENENCIA. SUJETOS OBLIGADOS AL PAGO DEL IMPUESTO DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 160 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO VIGENTE HASTA EL TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO. Hechos: La parte actora promovió juicio de nulidad en contra del requerimiento de pago omitido por concepto de Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos respecto del ejercicio dos mil veintiuno, al considerar que se encontraba indebidamente fundado y motivado al sustentarse en el artículo 160 del Código Fiscal de la Ciudad de México vigente hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno, que estableció que están obligadas al pago del mencionado impuesto, las personas físicas y las morales, tenedoras o usuarias de los vehículos, siempre que la Ciudad de México expida las placas de circulación a dichos vehículos en su jurisdicción territorial, ya que el propietario del automóvil pagó dicho tributo en diversa entidad federativa. Criterio Jurídico: El artículo 160 del Código Fiscal de la Ciudad de México, únicamente dispone que las personas físicas y morales, tenedoras o usuarias de vehículos están obligadas al pago del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos en la Ciudad de México, siempre que esta entidad federativa expida las placas de circulación a los vehículos en su jurisdicción territorial. Justificación: El citado artículo 160 en cita vigente hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno, únicamente dispone que se encuentran obligados al pago del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, aquellas personas físicas o morales siempre que la Ciudad de México sea la que expida las placas de circulación a los vehículos en su jurisdicción territorial, esto es, para que se actualice la causación del tributo, es requisito que sean las autoridades de la entidad federativa mencionada las que expidan las placas de circulación sin que se tenga que tomar en cuenta como elemento el domicilio fiscal de la persona tenedora o usuaria del vehículo. RAJ. 13001/2022. Juicio de Nulidad Número TJ/II-45405/2021. Parte actora: FRR Arrendadora, Sociedad Anónima de Capital Variable. Fecha: 06 de julio de 2022. Aprobado por unanimidad de 10 votos. Magistrada Ponente: Licenciada Laura Emilia Aceves Gutiérrez. Secretario de Estudio y Cuenta: Licenciado José de Jesús Martínez Carmona. RAJ. 16006/2022. Juicio de Nulidad Número TJ/I-57002/2021. Parte actora: FRR Arrendadora, Sociedad Anónima de Capital Variable. Fecha: 13 de julio de 2022. Aprobado por unanimidad de 10 votos. Magistrado Ponente: Licenciado José Raúl Armida Reyes. Secretaria de Estudio y Cuenta: Licenciada Silvia Guadalupe Bravo Sánchez.
RAJ. 38306/2022. Juicio de Nulidad Número TJ/I-60616/2021. Parte actora: Francisco Javier Jiménez Godínez. Fecha: 31 de agosto de 2022. Aprobado por unanimidad de 10 votos. Magistrado Ponente: Licenciado José Raúl Armida Reyes. Secretaria de Estudio y Cuenta: Licenciada Ana Karen Alvarado Pérez. Con fundamento en los artículos 14, fracción VIII y XIII, y 49, fracción XXIV de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México; así como el numeral 11, fracción IV del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México.
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