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Recomendaciones para subcontratación de servicios especializados o ejecución de obras especializadas

  • Fiorenzano Abogados
  • 15 jul 2021
  • 1 Min. de lectura

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La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (“PRODECON”) emitió un documento denominado Recomendaciones para la subcontratación de servicios especializados o ejecución de obras especializadas.


En días pasados La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (“PRODECON”) emitió un documento denominado Recomendaciones para la subcontratación de servicios especializados o ejecución de obras especializadas, en donde señala conceptos y ejemplos que apoyan a los pagadores de impuestos a identificar las actividades que se pueden considerar como servicios especializados, y así evitar contingencias fiscales futuras.


Así, en la citada publicación se señalan 3 conceptos: (i) la subcontratación de personal, (ii) los servicios especializados y (iii) los servicios independientes, las cuales son:


Subcontratación de personal – Es cuando un contratista (persona física o moral) proporcione o ponga sus trabajadores a disposición y en beneficio del contratante.


Servicios especializados o de ejecución de obras especializadas – Son aquellos en donde existen factores o elementos que distinguen la actividad que desempeña el contratista, los cuales aportan un valor agregado al que recibe dichos servicios, los cuales no forman parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante del beneficiario de los servicios.


Servicios independientes – Son las actividades que una persona física o moral, por sí misma o a través de sus empleados, realiza en favor de otra, con capital humano, materiales y herramientas de trabajo propios, en donde dicho capital humano no tenga una dependencia con el contratante de los servicios.







 
 
 

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