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Propiedad Industrial (“PI”) en México publica Acuerdos y extiende suspensión de plazos.

  • Fiorenzano Abogados
  • 18 jun 2020
  • 3 Min. de lectura

Actualizado: 19 jun 2020


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Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial


• El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial ha emitido un Acuerdo por virtud del cual se habilita la recepción física de solicitudes y promociones relacionadas con asuntos contenciosos, mediante un servicio de asignación de citas.


• Las solicitudes y promociones se tendrán por legalmente presentadas el primer día hábil del levantamiento de suspensión de términos y plazos. Instituto Nacional del Derecho de Autor extiende suspensión de plazos legales.


• Por causa de fuerza mayor, se prorroga la suspensión de los plazos y términos, ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor hasta que la autoridad sanitaria dicte las medidas necesarias para la reanudación de las actividades presenciales y determine que no existe un riesgo epidemiológico.

Tribunal Federal de Justicia Administrativa - Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual.


• El Tribunal Federal de Justicia Administrativa prorrogó la suspensión de actividades jurisdiccionales del 16 al 30 de junio de 2020, por lo tanto, los días comprendidos en dicho periodo se considerarán inhábiles, y no correrán plazos ni términos procesales.


• Se levantará la suspensión de los términos y plazos a partir del 16 de junio de 2020 para los asuntos tramitados en la Sala Especializada de Propiedad Intelectual, mediante el Sistema de Justicia en Línea, siempre y cuando:


I. El escrito inicial de demanda se haya presentado en el Sistema de Justicia en Línea previo a 18 de marzo del 2020.

II. La autoridad demandada no se encuentre en suspensión de actividades.

III. Que no existan impedimentos legales para su continuación, o en caso de existir, que conste en autos.


• A partir del 16 de junio de 2020, existirá la posibilidad de que Salas Regionales o Ponencias emitan sentencias y las notifiquen mediante el Boletín Jurisdiccional, habilitando para ello, horas y días hábiles.


Tribunales Colegiados de Circuito y Juzgados de Distrito Federales


• Asimismo, el Pleno General del Consejo de la Judicatura Federal estableció el esquema de contingencia el período comprendido entre el 16 al 30 de junio de 2020, el cual se rige por lo siguiente:


I. Trámite y resolución de casos urgentes: Únicamente se dará trámite a los casos nuevos que se califiquen como “urgentes”, ya sea que se promuevan de forma física o mediante “juicio en línea”. Se habilitarán los días y horas necesarios para que las partes promuevan respecto a los asuntos que a su juicio tengan el carácter de “urgentes”, se les dé trámite y se resuelvan junto con aquellos tramitados físicamente que se encuentren listos para sentencia.

II. Resolución de casos tramitados físicamente: Se habilita la posibilidad de resolver los casos que se hayan tramitado físicamente y que únicamente tengan pendiente la emisión de la sentencia o resolución final. Para las sesiones ordinarias de los Tribunales Colegiados, se habilitará un espacio en el Portal del Consejo de la Judicatura Federal.

III. Trámite de los casos sustanciados mediante el “juicio en línea”: Se habilitará la recepción de nuevos juicios y se reanudará el trámite y la resolución de los asuntos iniciados previos al periodo de contingencia, siempre que la totalidad o la mayoría de las actuaciones se puedan llevar a cabo mediante el uso de medios electrónicos. Se exceptúan aquellos asuntos en los cuales quede pendiente la celebración de audiencias o el desahogo de diligencias judiciales que requieren la presencia de las partes o realizar notificaciones personales. Se levanta la suspensión de plazos y términos para los asuntos con expedientes electrónicos, cuyas notificaciones se llevarán a cabo vía electrónica.


• No correrán plazos y términos procesales, no se celebrarán audiencias ni se practicarán diligencias en las solicitudes, demandas, recursos, juicios y en general todos los procedimientos distintos a los anteriores.


• Asimismo, el Consejo de la Judicatura Federal publicó el Acuerdo 12/2020 con lineamientos específicos para la integración de expedientes electrónicos y la utilización de videoconferencias.


• La presentación de demandas, solicitudes, recursos, incidentes y promociones, así ́ como la consulta de los expedientes y las notificaciones electrónicas, se realizarán a través del Sistema Electrónico del Poder Judicial de la Federación.


En caso de que sean afectados por estas medidas, no dude en contactar a nuestro equipo experto en temas de PI, quienes podrá ayudarle:

Fuentes:


Contactanos:

López Cotilla 1536, colonia Del Valle, Benito Juárez, C.P. 03100, en la Ciudad de México.

Tel: 5929-3010

 
 
 

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