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PRIMERA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023.

  • Fiorenzano Abogados
  • 17 mar 2023
  • 1 Min. de lectura

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El pasado 23 de febrero, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) la “Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023”, misma que entró en vigor al día siguiente de su publicación y cuyo contenido surtirá sus efectos a partir de la fecha en que se de a conocer en el Portal de Internet del Servicio de Administración Tributaria1, por virtud de la cual se adiciona el Título 13, que comprende la regla 13.1., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 ( en adelante “RMF para 2023”).


En virtud de lo anterior, a continuación encontrarán un resumen de los aspectos más relevantes de dicha publicación


Título 13. Disposiciones de Vigencia Temporal


Declaración de pago de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos


Con la adición a esta regla, se señala que los asignatarios que hagan pagos provisionales mensuales a cuenta del pago del derecho por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos2 respecto del mes de diciembre de 2022, pudieron realizar los pagos relativos a más tardar el 28 de febrero de 2023 (regla 13.1., RMF para 2023).

1 En términos de la regla 1.8., tercer párrafo de la RMF para 2023.

2 De conformidad con los artículos 42, primer párrafo y 44, primer párrafo de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, regla 2.8.3.1. y Vigésimo Cuarto de la RMF para 2023. Transitorio .


 
 
 

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