Iniciativa de Reforma Constitucional en Materia Energética
- Fiorenzano Abogados
- 8 oct 2021
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El pasado 30 de septiembre de 2021, el Ejecutivo Federal presentó una iniciativa de reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (la “Iniciativa de Reforma”), por la cual se proponen modificaciones de fondo al sector eléctrico mediante la reinstauración del control del mismo por parte del Estado a través de la Comisión Federal de Electricidad (“CFE”) y de la Secretaría de Energía, garantizar que CFE generará por lo menos el 54% del consumo eléctrico nacional de manera permanente y la eliminación de la Comisión Reguladora de Energía (“CRE”) y de la Comisión Nacional de Hidrocarburos (“CNH”).
En este sentido, la Iniciativa de Reforma propone principalmente lo siguiente:
El Estado tendrá el control del sector eléctrico en todas las actividades de la cadena de valor, permitiendo la participación privada en la generación de hasta 46% del consumo eléctrico nacional, la cual se venderá a CFE y estará sujeta a la planeación y control del sistema eléctrico nacional (“SEN”) por parte de la misma.
Convertir a la CFE en un solo organismo del Estado responsable del área estratégica de electricidad, de su planeación, control y operación, así como de la ejecución de transición energética, mediante la reincorporación del Centro Nacional de Control de Energía (“CENACE”) y la eliminación de la separación legal de CFE y de sus empresas subsidiarias y filiales.
Cancelar los permisos de generación eléctrica (incluyendo las solicitudes pendientes de resolución) y los contratos de compraventa de electricidad celebrados entre privados y CFE.
Desaparecer a la CNH y la CRE e incorporar sus funciones a la Secretaría de Energía.
Desconocer y no permitir la adquisición por parte la CFE, de la generación procedente del autoabastecimiento que haya operado en contravención a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (“LSPEE”) y de los Productores Independientes de Energía (“PIE”).
No otorgar concesiones sobre el litio y demás minerales estratégicos necesarios adicionales a las concesiones mineras actualmente otorgadas que cuentan con antecedentes de exploración de litio debidamente avalados por la Secretaría de Economía.
Se suprime el concepto de “empresas productivas del Estado” y los criterios para su regulación, estableciendo los “organismos del Estado”.
Otorgar a la CFE la facultad de determinar las tarifas de transmisión y distribución, así como las tarifas para usuarios finales.
Cancelar los certificados de energía limpia (“CELs”).
El reconocimiento de la seguridad y autosuficiencia energéticas como principios rectores y objetivos esenciales de la política energética.
Derogar todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en el decreto de reforma constitucional y otorgar un plazo de 180 días al poder legislativo para realizar las adecuaciones al marco jurídico que resulten necesarias.
La Iniciativa de Reforma deberá ser discutida y votada por la Cámara de Diputados y por la Cámara de Senadores. De ser aprobada por ambas cámaras (por mayoría calificada, es decir, dos terceras partes de los legisladores presentes en la sesión), la Iniciativa de Reforma se enviará a los congresos locales de los estados para su ratificación. Se requiere la aprobación de al menos 17 congresos locales para emitir la declaratoria de constitucionalidad y su correspondiente publicación. El análisis y votación de la Iniciativa de Reforma deberá realizarse a más tardar el 15 de diciembre (fecha en la que el Congreso de la Unión finaliza su periodo ordinario de sesiones), de lo contrario la discusión de la Iniciativa de Reforma continuará en el siguiente periodo ordinario de sesiones (de febrero a abril de 2022).
Derivado de la trascendencia de la Iniciativa de Reforma, es de vital relevancia para las empresas que desarrollan actividades relacionadas con el sector eléctrico, así como para los usuarios de energía, contar con la asesoría legal y de negocios adecuada para evaluar los efectos legales, fiscales, de negocios y operativos, según corresponda, y las acciones y estrategias a adoptar ante la potencial aprobación e inicio de vigencia de la Iniciativa de Reforma.




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