Decreto Promulgatorio que sustituye el TLCAN por el T-MEC
- Fiorenzano Abogados
- 1 jul 2020
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El 29 de junio del presente la Secretaría de Relaciones Exteriores dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto Promulgatorio a través del cual se sustituye el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) por el Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC), cuya entrada en vigor está prevista el 1 de julio del presente año.
Con motivo de la sustitución del TLCAN por el nuevo T-MEC a partir del 1 de julio del presente año, entre otros temas relevantes, será necesario que a partir de dicha fecha los importadores que soliciten trato arancelario preferencial cuenten con una Certificación de Origen cumpliendo con los requisitos previstos en el nuevo Tratado, en virtud de que los Certificados de Origen emitidos conforme al TLCAN perderán su vigencia.
Cabe señalar que una vez que entre en vigor, el T-MEC contará con una vigencia de 16 años, misma que podrá ser prorrogable por las Partes por un periodo igual.
Por último, el 30 de Junio del presente año, se publico en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2020, al igual que sus Anexos 1, 12 Y 22.
En otros temas en dichas Reglas se incluyen diversas cuestiones aduaneras relacionadas con la entrada en vigor del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC) el 1 de julio 2020.
Bases Tratado (T-MEC)
Bases Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020
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