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DECRETO por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2022.

  • Fiorenzano Abogados
  • 16 nov 2021
  • 2 Min. de lectura


Se publica el pasado 12 de noviembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2022.


El documento establece que en el 2022 la Federación percibirá los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas por un aproximado de 7 billones 88 mil 250 millones de pesos.


Se faculta al Ejecutivo Federal para que durante el ejercicio fiscal de 2022 otorgue los beneficios fiscales que sean necesarios para dar debido cumplimiento a las resoluciones derivadas de la aplicación de mecanismos internacionales para la solución de controversias legales que determinen una violación a un tratado internacional.


El Ejecutivo Federal informará al Congreso de la Unión de los ingresos por contribuciones pagados en especie o en servicios, así como, en su caso, el destino de los mismos.


Derivado del monto de ingresos fiscales a obtener durante el ejercicio fiscal de 2022, se proyecta una recaudación federal participable por 3 billones 728 mil 987.5 millones de pesos.


Para el ejercicio fiscal de 2022, el gasto de inversión del sector público presupuestario no se contabilizará para efectos del equilibrio presupuestario previsto en el artículo 17 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría, hasta por un monto equivalente a 3.1 por ciento del Producto Interno Bruto.


Se estima que, durante el ejercicio fiscal de 2022, en términos monetarios, el pago en especie del impuesto sobre servicios expresamente declarados de interés público por ley, en los que intervengan empresas concesionarias de bienes del dominio directo de la Nación, previsto en la Ley que establece, reforma y adiciona las disposiciones relativas a diversos impuestos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1968, ascenderá al equivalente de 545 millones de pesos.


La aplicación de los recursos a que se refiere el párrafo anterior se hará de acuerdo con lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022.


En los transitorios se determina que esta Ley entrará en vigor el 1 de enero de 2022, salvo lo dispuesto en el Transitorio Décimo Séptimo, referente a los ingresos que se obtengan en la región fronteriza norte, que entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.


Asimismo, se aprueban las modificaciones a la Tarifa de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación efectuadas por el Ejecutivo Federal a las que se refiere el informe que, en cumplimiento de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ha rendido el propio Ejecutivo Federal al Congreso de la Unión en el año 2021.




 
 
 

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