Acuerdo E/JGA/30/2021
- Fiorenzano Abogados
- 24 may 2021
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Acuerdo E/JGA/30/2021 por el que se da a conocer la autorización para la capacitación y operación del Sistema de Justicia en Línea Versión 2, en diversas Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
El pasado viernes 21 de mayo de 2021 se publica en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo E/JGA/30/2021 por el que se da a conocer la autorización para la capacitación y operación del Sistema de Justicia en Línea Versión 2, en diversas Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

ACUERDO
PRIMERO. La Junta de Gobierno y Administración en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, autoriza a la Dirección General de Sistemas de Información, iniciar el día 18 de mayo de 2021, la capacitación del SISTEMA DE JUSTICIA EN LÍNEA VERSIÓN 2, así como su puesta en operación a partir del 15 de junio de 2021, en la Primera, Segunda y Tercera Sala Regional de Occidente, con sede en la Ciudad de Guadalajara, Estado de Jalisco, que comprende los Estados de Colima, Jalisco y Nayarit, en la Segunda y Tercera Sala Regional del Noreste con sede en San Pedro Garza García, Nuevo León, que comprende el Estado de Nuevo León y los municipios de Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Ciudad Camargo, Díaz Ordaz y Reynosa del Estado de Tamaulipas;
SEGUNDO. Las Salas Regionales señaladas en el punto anterior atenderán las demandas que se promuevan en la modalidad tradicional o en línea, en el ámbito de su competencia material y territorial, a partir de la fecha señalada en el párrafo que antecede;
TERCERO. La Sala Especializada en Juicios en Línea, con sede en la Ciudad de México, seguirá operando en los términos actualmente establecidos en el artículo 50 fracción II del Reglamento Interior del Tribunal, con excepción de las demarcaciones territoriales y competencia material de las Salas Regionales y Especializadas ya autorizadas.
CUARTO. El Secretario Operativo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en el ámbito de sus atribuciones, será responsable de supervisar el debido cumplimiento del presente Acuerdo e informar a la Junta de Gobierno y Administración las modificaciones que sean necesarias en términos de las disposiciones jurídicas aplicables
TRANSITORIOS
Primero. El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de la autorización de la Junta de Gobierno y Administración.
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